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Abogado comisión de apertura Málaga

 

 

Abogado especialista en comisión de apertura en Málaga

Si tienes una hipoteca y pagaste una comisión de apertura al banco, es posible que puedas reclamar su devolución si, atendiendo a las circunstancias concretas de tu contrato, la cláusula no supera los controles de transparencia y abusividad.

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Como abogado especializado en reclamaciones bancarias, te ayudo a analizar tu escritura hipotecaria y la documentación del préstamo para determinar si la comisión de apertura puede ser reclamada frente a la entidad financiera.

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Las comisiones de apertura han sido objeto de numerosas reclamaciones y de distintas resoluciones judiciales, especialmente en relación con la información proporcionada al consumidor y las condiciones en las que se incorporó esta comisión al contrato.

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Cada caso debe analizarse de forma individual para determinar si existen motivos para reclamar, qué cantidad puede recuperarse y cuál es la estrategia más adecuada frente a la entidad bancaria.

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¿Qué es la comisión de apertura de una hipoteca?

La comisión de apertura es una cantidad que algunas entidades financieras cobran al formalizar un préstamo hipotecario. Puede aparecer expresamente en la escritura o en la documentación contractual del préstamo y suele establecerse como un porcentaje del capital concedido o como una cantidad fija.

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Esta comisión pretende remunerar determinadas actuaciones relacionadas con la concesión y formalización del préstamo. Sin embargo, su inclusión en el contrato debe cumplir los requisitos de información y transparencia exigibles en la contratación con consumidores.

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Por ello, no toda comisión de apertura es automáticamente válida ni toda comisión es automáticamente abusiva. Es necesario analizar las circunstancias concretas de cada contrato, la información facilitada al consumidor y las condiciones en las que se incorporó la comisión.

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En caso de que existan motivos para considerar que la cláusula no supera los controles aplicables, puede plantearse la reclamación de la comisión de apertura y de las cantidades abonadas, junto con los intereses que correspondan.

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¿Cuándo se puede reclamar la comisión de apertura?

La posibilidad de reclamar una comisión de apertura depende de las circunstancias concretas de cada préstamo hipotecario y de la forma en que dicha comisión fue incorporada al contrato.

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Para determinar si puede reclamarse, es necesario analizar la escritura de préstamo hipotecario y la documentación entregada al consumidor, comprobando, entre otros aspectos, la información proporcionada sobre la comisión, su importe y las condiciones en las que fue establecida.

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Los tribunales han analizado en numerosas ocasiones la validez de estas cláusulas y, en determinados casos, han considerado que una comisión de apertura puede ser abusiva cuando no supera los controles exigibles en los contratos celebrados con consumidores.

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Por ello, no basta con comprobar que se pagó una comisión de apertura. Es necesario estudiar el contrato y las circunstancias de la contratación para determinar si existen motivos para solicitar su nulidad y la devolución de las cantidades abonadas.

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Si quieres reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca, puedo analizar tu documentación y valorar las posibilidades de reclamación frente a la entidad bancaria.

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¿Cuándo puede considerarse abusiva la comisión de apertura?

La comisión de apertura puede ser objeto de reclamación cuando, atendiendo a las circunstancias concretas del contrato, no supera los controles de transparencia y abusividad exigibles en los préstamos hipotecarios celebrados con consumidores.

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Uno de los aspectos que debe analizarse es el porcentaje aplicado por la entidad bancaria. Cuando la comisión de apertura supera el 1,5 % del capital concedido, se trata de un porcentaje que merece especial atención y que debe ser valorado junto con el resto de circunstancias del contrato.

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También debe comprobarse la información facilitada al consumidor, la forma en que aparece redactada la cláusula en la escritura, su ubicación, la información proporcionada antes de la firma y las condiciones concretas en las que se contrató el préstamo.

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La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha señalado que no puede establecerse una regla general de validez o invalidez de la comisión de apertura, sino que debe realizarse un examen individualizado de cada caso.

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Por ello, si en tu hipoteca te cobraron una comisión de apertura superior al 1,5 %, es especialmente importante revisar la escritura y la documentación del préstamo para determinar si existen motivos para reclamar su nulidad y la devolución de la cantidad abonada.

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¿Qué cantidad puedo recuperar al reclamar la comisión de apertura?

La cantidad que puede recuperarse depende del importe de la comisión de apertura que se haya abonado al formalizar el préstamo hipotecario y de las circunstancias concretas de cada caso.

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Si la comisión de apertura es declarada nula, puede solicitarse la devolución de la cantidad pagada por este concepto, junto con los intereses que legalmente correspondan.

Para conocer el importe que podría reclamarse es necesario revisar la escritura de préstamo hipotecario y comprobar el porcentaje o cantidad fija que la entidad bancaria aplicó en el momento de formalizar la hipoteca.

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Por ejemplo, si en la escritura consta una comisión de apertura del 1,5 % o superior, es especialmente importante revisar la documentación y valorar las circunstancias de la contratación para determinar si existen motivos para reclamar.

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En algunos casos, la cantidad a recuperar puede ser significativa, especialmente cuando el importe del préstamo hipotecario era elevado. Por ello, es recomendable calcular exactamente la comisión abonada antes de iniciar la reclamación.

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Cada caso debe estudiarse individualmente para determinar tanto la cantidad que puede reclamarse como los intereses que correspondan.

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¿Puedo reclamar la comisión de apertura aunque la hipoteca esté cancelada?

Sí, el hecho de que la hipoteca ya haya sido cancelada no impide, por sí mismo, analizar la posibilidad de reclamar la comisión de apertura que se abonó al formalizar el préstamo.

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La cancelación del préstamo hipotecario no elimina necesariamente las acciones que puedan corresponder al consumidor para solicitar la nulidad de una cláusula contractual y la devolución de las cantidades abonadas.

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Para valorar si la reclamación es viable, es necesario revisar la escritura de préstamo, la comisión que se cobró y las circunstancias de la contratación, así como los plazos y demás requisitos que puedan resultar aplicables en cada caso.

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Por ello, aunque hayas terminado de pagar tu hipoteca o la hayas cancelado anticipadamente, puedes consultar tu caso para comprobar si existen motivos para reclamar la comisión de apertura abonada.​​​

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Sentencia sobre comisión de apertura en España

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Sentencia sobre la comisión de apertura de un préstamo hipotecario de CaixaBank

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se declara nula la comisión de apertura y se condena a CaixaBank a devolver 4.474,72 €

 

¿Cómo reclamar la comisión de apertura?

Para reclamar la comisión de apertura es necesario analizar previamente la escritura de préstamo hipotecario y la documentación entregada por la entidad bancaria. De esta forma puede comprobarse el importe de la comisión, cómo aparece recogida en el contrato y las circunstancias en las que fue incorporada.

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El primer paso consiste en revisar la documentación de la hipoteca y determinar si existen motivos para solicitar la nulidad de la comisión y la devolución de la cantidad abonada.

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Una vez analizado el caso, puede presentarse una reclamación previa ante la entidad bancaria, solicitando la devolución de la comisión de apertura y de los intereses que correspondan.

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Si el banco rechaza la reclamación o no ofrece una solución satisfactoria, puede valorarse la reclamación judicial, aportando la escritura y el resto de documentación necesaria para defender los derechos del consumidor.

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Cada reclamación debe estudiarse de forma individual, teniendo en cuenta las características del préstamo, el porcentaje o importe de la comisión, la información facilitada por el banco y la jurisprudencia aplicable.

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Si has pagado una comisión de apertura en tu hipoteca, puedo analizar tu documentación y valorar si existen motivos para reclamar su devolución.

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​​Otras reclamaciones bancarias

También puedes consultar otros servicios relacionados con reclamaciones frente a entidades financieras.

 

Contacta con un abogado especialista en comisión de apertura en España

Si has pagado una comisión de apertura al formalizar tu hipoteca, es importante revisar la documentación del préstamo para determinar si existen motivos para reclamar su devolución.

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Cada caso debe analizarse de forma individual para determinar si existe derecho a reclamar y qué cantidad puede recuperarse.

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En el despacho de Belén Rincón Abogada estudiamos tu caso y te indicamos si puedes reclamar frente a la entidad financiera.

 

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sentencia-comision-apertura-caixabank-fuengirola-1.jpg
Fallo de sentencia que declara nula la comisión de apertura de CaixaBank y condena a devolver 4.474,72 euros

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Tel: 952 123 364 - 696 80 39 27

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