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Inclusión indebida en registro de morosos y vulneración del derecho al honor

26 jul 2022
3 min de lectura

Actualizado: 18 sept

La inclusión de una persona en un registro de morosos puede tener importantes consecuencias, especialmente cuando dificulta el acceso a financiación, préstamos, tarjetas u otros servicios. Sin embargo, para que la inclusión sea legítima deben cumplirse determinados requisitos.


En este artículo recogemos una sentencia dictada por un juzgado de Torremolinos (Málaga) en la que se declaró que la inclusión del afectado en registros de morosos constituía una intromisión ilegítima en su derecho al honor. La resolución condenó a Banco Santander al pago de 4.000 euros, además de las costas procesales.


Este tipo de reclamaciones puede plantearse cuando un consumidor es incluido indebidamente en ASNEF, Equifax, RAI, Experian u otros registros de morosidad sin que se cumplan los requisitos legales.


Abogado especialista en inclusión indebida en registro de morosos en Málaga

Sentencia por inclusión indebida en registros de morosidad en Torremolinos

La resolución judicial analizada se refiere a la inclusión del demandante en registros de morosos por parte de Banco Santander.


El juzgado de Torremolinos consideró que las inclusiones realizadas constituían una intromisión ilegítima en el derecho al honor del afectado. Como consecuencia, Banco Santander fue condenado a abonar una indemnización de 4.000 euros, además de las costas procesales.


Sentencia sobre inclusión indebida en registro de morosos dictada en Torremolinos

Sentencia sobre inclusión indebida en registros de morosidad y vulneración del derecho al honor


¿Cuándo puede ser indebida la inclusión en un registro de morosos?

La inclusión en un registro de morosidad no puede utilizarse de forma automática ante cualquier deuda o discrepancia con una entidad. Para que el tratamiento de estos datos pueda considerarse legítimo deben cumplirse determinados requisitos establecidos legalmente.


Entre ellos, la deuda debe ser cierta, vencida y exigible, y deben cumplirse los requisitos relativos a la información facilitada al afectado y a la comunicación de la inclusión.


Puedes consultar también nuestra información sobre inclusión indebida en registros de morosidad y derecho al honor, donde analizamos otra resolución judicial relacionada con esta materia.


Sentencia que reconoce 4.000 euros por inclusión indebida en registro de morosos

Resolución judicial que condena al pago de 4.000 euros por la inclusión ilegítima en registros de morosidad


La inclusión indebida en un registro de morosos puede vulnerar el derecho al honor


La inclusión injustificada en un registro de morosidad puede afectar a la reputación de una persona y a su capacidad para acceder a determinados servicios financieros.


Por este motivo, determinadas inclusiones pueden constituir una intromisión ilegítima en el derecho al honor y dar lugar, cuando concurren los requisitos establecidos legalmente, a una reclamación y a una posible indemnización por los daños ocasionados.


La sentencia de Torremolinos que comentamos constituye precisamente un ejemplo de este tipo de reclamación, al declarar ilegítimas las inclusiones y reconocer una indemnización de 4.000 euros.


¿Qué indemnización puedo reclamar por una inclusión indebida en un registro de morosos?

La cuantía de la indemnización por inclusión indebida en un registro de morosos depende de las circunstancias de cada caso. Los tribunales valoran aspectos como el tiempo que la persona permaneció incluida en el fichero, la difusión de sus datos, las consecuencias sufridas y el perjuicio ocasionado a su reputación y acceso al crédito.


En la sentencia de Torremolinos que comentamos, el juzgado reconoció una indemnización de 4.000 euros por la intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante.


Cada procedimiento debe analizarse de forma individual, ya que la indemnización puede variar en función de los hechos acreditados en cada caso.


¿Qué hacer si estoy incluido indebidamente en ASNEF u otro registro de morosidad?

Si una persona descubre que aparece incluida en un registro de morosidad y considera que la inclusión es incorrecta, lo primero es conocer qué entidad ha comunicado los datos y cuál es la deuda que se le atribuye.


A partir de ahí, es necesario analizar la documentación y las circunstancias concretas del caso para determinar si la inclusión cumple los requisitos legales. Dependiendo de la situación, puede ser posible solicitar la rectificación o supresión de los datos y, cuando proceda, reclamar por los perjuicios ocasionados.


Abogado especialista en inclusión indebida en registros de morosidad en Málaga

Si has sido incluido en ASNEF, Equifax, Experian, RAI u otro registro de morosidad y consideras que la inclusión es indebida, es importante analizar el origen de la deuda y comprobar si se han cumplido los requisitos legales para comunicar tus datos.


En Belén Rincón Abogada, despacho especializado en Derecho Bancario y Derecho de Consumo en Málaga, estudiamos este tipo de situaciones y las posibles vías de reclamación, incluida la solicitud de supresión de los datos y, cuando corresponda, la reclamación de una indemnización por los daños ocasionados.


Puedes consultar nuestra página sobre Abogado ASNEF y registros de morosidad donde explicamos cuándo una inclusión puede ser indebida, cómo solicitar la eliminación de los datos y en qué casos es posible reclamar una indemnización por los daños ocasionados.


Belén Rincón Abogada




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