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Un juzgado de Ronda declara nula una tarjeta revolving de WiZink por utilizar una letra ilegible en el contrato

  • hace 2 días
  • 4 min de lectura

La protección de los consumidores frente a las tarjetas revolving continúa reforzándose en los tribunales. Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3 de Ronda ha declarado la nulidad de un contrato de tarjeta revolving comercializado por WiZink Bank al considerar que existía una clara falta de transparencia en la contratación, incumpliéndose los requisitos exigidos por la normativa de protección de consumidores.


La resolución resulta especialmente relevante porque el juzgado no basa su decisión en el carácter usurario de los intereses, sino precisamente en la falta de transparencia de las condiciones contractuales y en la imposibilidad real de que el consumidor pudiera conocer y comprender las consecuencias económicas del producto que estaba contratando. Como consecuencia, la entidad deberá devolver todas las cantidades cobradas que excedan del capital efectivamente dispuesto.


Sentencia del Juzgado de Ronda que declara nula una tarjeta revolving de Wizink Bank por falta de transparencia

Procedimiento seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3 de Ronda frente a WiZink Bank.


¿Qué ha ocurrido en este caso?


El procedimiento fue promovido por un consumidor de Ronda que había contratado una tarjeta de crédito revolving inicialmente con Citibank y posteriormente asumida por WiZink Bank.


En la demanda se solicitaba la nulidad del contrato por usura y, de forma subsidiaria, por falta de incorporación y transparencia de las cláusulas relativas a los intereses y al funcionamiento de la financiación. Sin embargo, tras analizar la documentación aportada por las partes, el juzgado concluyó que existían motivos suficientes para declarar la nulidad del contrato por falta de transparencia, sin necesidad de entrar a valorar si los intereses aplicados podían considerarse usurarios.


La sentencia destaca que el consumidor no dispuso de una información clara y comprensible que le permitiera conocer realmente las condiciones económicas del producto financiero que estaba contratando.


¿Por qué considera el juzgado que el contrato no era transparente?


La clave de la resolución se encuentra en la propia documentación contractual entregada al consumidor.


Según recoge la sentencia, el contrato estaba redactado con una letra extremadamente reducida, sin espacios adecuados y con una presentación que dificultaba enormemente su lectura. La información relevante aparecía integrada en un texto denso y poco accesible, sin destacar adecuadamente aquellas condiciones que determinaban el coste real de la financiación.


La jueza llega incluso a señalar que el tamaño de la letra no alcanzaba el mínimo exigido por la normativa de protección de consumidores, lo que impedía al cliente conocer de manera efectiva las condiciones esenciales del contrato.


Por este motivo, concluye que el consumidor no pudo comprender el alcance económico de la operación ni las consecuencias derivadas del sistema de financiación revolving, incumpliéndose así los controles de incorporación y transparencia exigidos por la legislación y la jurisprudencia.


La importancia de la transparencia en las tarjetas revolving


Las tarjetas revolving han sido objeto de una intensa litigiosidad durante los últimos años debido a las especiales características de este sistema de financiación.


A diferencia de una tarjeta convencional, el crédito utilizado se devuelve mediante cuotas periódicas que suelen ser reducidas. Esto provoca que una parte importante de cada pago se destine a intereses y que la amortización del capital sea mucho más lenta de lo que el consumidor puede llegar a imaginar.


Por ello, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea han insistido en la necesidad de que las entidades financieras proporcionen información clara, comprensible y suficiente sobre el funcionamiento de estos productos.


El consumidor debe conocer desde el primer momento cuál será el coste de la financiación, cómo se calcularán los intereses y cuáles pueden ser las consecuencias económicas derivadas del uso continuado de la tarjeta.


¿Qué consecuencias tiene la nulidad de una tarjeta revolving?


La declaración de nulidad produce importantes efectos económicos para el consumidor afectado.


Fallo judicial que declara la nulidad de una tarjeta revolving de Wizink y ordena devolver las cantidades cobradas de más

La sentencia declara la nulidad de la tarjeta revolving y condena a WiZink Bank a devolver las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto.


Cuando un contrato de tarjeta revolving es declarado nulo, el cliente únicamente debe devolver el capital efectivamente dispuesto. Por el contrario, la entidad financiera está obligada a reintegrar todas las cantidades percibidas que excedan de dicho capital.


Esto supone la devolución de intereses, comisiones y cualquier otro importe abonado durante la vigencia del contrato que supere la cantidad realmente utilizada por el consumidor.


En muchos casos, estas reclamaciones permiten recuperar cantidades significativas, especialmente cuando la tarjeta ha permanecido activa durante varios años.


Una nueva sentencia favorable para los afectados por tarjetas revolving


Esta sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3 de Ronda vuelve a poner de manifiesto la importancia de que las entidades financieras cumplan rigurosamente sus obligaciones de transparencia.


La resolución recuerda que no basta con incluir las condiciones en un contrato. Es imprescindible que el consumidor pueda leerlas, comprenderlas y conocer realmente las consecuencias económicas que asume al contratar un producto financiero.


Las tarjetas revolving continúan siendo objeto de revisión por los tribunales y cada vez son más las resoluciones que recuerdan a las entidades financieras la importancia de cumplir rigurosamente los deberes de transparencia e información en la contratación con consumidores.


Si has contratado una tarjeta revolving y tienes dudas sobre sus condiciones o sobre las cantidades que has abonado durante años, es recomendable analizar tu documentación para comprobar si existe la posibilidad de reclamar y recuperar las cantidades que pudieran haberse cobrado indebidamente.


¿Necesitas asesoramiento sobre una tarjeta revolving?


La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Ronda demuestra que no todas las reclamaciones sobre tarjetas revolving dependen exclusivamente de la existencia de intereses usurarios. En muchos casos, la falta de transparencia en la contratación puede ser suficiente para obtener la nulidad del contrato y recuperar cantidades indebidamente abonadas.


Por ello, resulta fundamental analizar la documentación contractual y comprobar si la entidad financiera facilitó una información clara, comprensible y suficiente antes de la contratación.


Si tienes una tarjeta revolving o has tenido una en los últimos años y quieres conocer si puedes reclamar, nuestro despacho puede estudiar tu caso de forma personalizada y valorar las posibles acciones legales a tu disposición.


En Belén Rincón Abogada contamos con amplia experiencia en reclamaciones bancarias y defensa de consumidores frente a tarjetas revolving, cláusulas abusivas y otros productos financieros.


☎️ Teléfono: 696 80 39 27

📲 WhatsApp: 623 03 80 87



 
 
 

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